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Reglamento

REGLAMENTO DE COMPETICION
FEDERACION ESPAÑOLA DE SURF (FESURFING)
CAMPEONATOS DE ESPAÑA RACE
COPA DE ESPAÑA RACE
CAMPEONATO DE RESISTENCIA
LIGAS FESURFING
STAND UP PADDLE (SUP)

 

 

TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

 

CAPITULO PRIMERO. Ámbito de aplicación

Artículo 1. -El ámbito de aplicación del presente reglamento serán los Campeonatos de España de RACE, Campeonato de España de Clubes de RACE, las Copas de España de RACE y las Ligas Fesurfing de la especialidad deportiva de Stand Up Paddle, convocadas por la FESURFING.
Artículo 2.- Será obligatorio para los deportistas, clubes, organizadores, jueces y demás participantes en cada una de las competiciones a las que hace referencia el artículo anterior.


CAPÍTULO SEGUNDO. Principios generales

Artículo 3. - El Stand Up Paddle es una especialidad del Surf, por lo que su desarrollo y evolución se debe realizar siguiendo la cultura y filosofía de esta modalidad deportiva, siendo sus principios los que deben ponerse de manifiesto en el desarrollo de todas las actividades y pruebas deportivas de SUP.
Será responsabilidad de todos y cada uno de los organizadores que en sus pruebas se evidencien claramente dichos principios, sin que puedan adoptar soluciones técnicas ni terminología de cualquier otra modalidad deportiva distinta de la del Surf que pudiera llevar a confusión al deportista y al público en general.


TÍTULO SEGUNDO: DE LA ORGANIZACIÓN


CAPÍTULO I. Organizadores

Artículo 4. - Los organizadores quedan sometidos, además de a las disposiciones de este reglamento y, supletoriamente, a las contenidas en el Reglamento de Competición de la FESURFING siempre que no lo contradigan, así como a todas aquellas instrucciones que para el desarrollo de las pruebas sean dictadas por su Comité de SUP.
Artículo 5. - El organizador de cada prueba será el único responsable de su celebración, sin que durante su desarrollo se le pueda instar a realizar modificaciones en la misma, sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudiera incurrir en caso de que incumpliera la normativa de obligada aplicación.
 La obtención de todos los permisos pertinentes para la celebración de la prueba será de su exclusiva incumbencia, siendo obligatoria su obtención con la necesaria antelación, debiendo remitir copia de los mismos a la FESURFING con una antelación de un mes a la celebración del evento.
En el caso de que la prueba no llegara finalmente a celebrarse, el organizador deberá responder de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a los deportistas, clubes y FESURFING.
Artículo 6. - Cada organizador deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil, siendo el capital asegurado acorde con los daños que se pudieran ocasionar en atención a la entidad, dimensión y tipo de organización de la prueba a celebrar.
Con una antelación de una semana a la fecha de la prueba deberá remitir a la FESURFING copia de la póliza de seguro contratada. En el caso de que el riesgo no estuviera finalmente asegurado por las circunstancias que fueran, la FESURFING no incurrirá en responsabilidad alguna, respondiendo exclusivamente el organizador de los daños que hubiera que indemnizar en el caso de que se produjera un siniestro.
Artículo 7. - En el plazo máximo de una semana a partir de la celebración de la prueba, el organizador deberá remitir a la FESURFING acta con las clasificaciones en el formato que le sea indicado por ésta, así como un informe sobre el desarrollo de la misma en la que deberán constar las incidencias y reclamaciones producidas indicándose la forma en la que se han resuelto.


CAPÍTULO II. Organización de Competiciones

Artículo 8.- En toda competición se contará al menos con una embarcación de auxilio a los deportistas, independientemente de los medios de salvamento que exija la Capitanía Marítima de la zona.
Durante todo el desarrollo de la prueba deberán estar presentes los servicios sanitarios con, al menos, una ambulancia con desfibrilador.
Artículo 9.- Se deberá contar con la suficiente infraestructura en tierra consistente en aparcamiento para los deportistas, aseos, cubos de basura, así como cualquier otro servicio que fuera preciso según el lugar en el que se desarrolle la prueba.
Desde la hora señalada por el organizador para el comienzo de la competición hasta su finalización, deberá estar presente en el lugar personal de seguridad y los suficientes voluntarios para la atención del evento, debiendo estar debidamente identificados para que no quepa duda alguna de que son parte de la organización de la prueba.
Artículo 10.- Se deberá contar con al menos un locutor o speaker que vaya narrando la evolución de la prueba, para lo cual se deberá contar con un equipo de sonido lo suficientemente potente para que pueda escucharse en la zona de playa de la prueba.
Artículo 11.- El campo de regata será el adecuado para la modalidad de la prueba que se esté celebrando, debiendo estar convenientemente balizado a fin de evitar confusión o errores a los participantes en la prueba.
El recorrido de cada una de las modalidades se deberá fijar en paneles que estén lo suficientemente visibles para que los participantes los puedan consultar durante el desarrollo del evento.
Los recorridos se señalarán en un plano marcando el sentido de giro de cada una de las boyas. Así mismo se deberá indicar la distancia real del recorrido así como la distancia de boya a boya. No obstante, el organizador, atendiendo a las condiciones meteorológicas, deberá realizar durante el desarrollo de las pruebas las modificaciones en el recorrido que consideren oportunas en aras de la seguridad de los deportistas.
El recorrido definitivo, sin perjuicio de las modificaciones que se pudieran realizar, deberá ser público con un mes de antelación a la fecha de la celebración de la prueba, que se tendrá que remitir a la FESURFING con la misma antelación.
Artículo 12.- Cada una de las pruebas contarán con un espacio acotado para el acceso al campo de regata, así como una zona de descanso de competidores y depósito de material deportivo.
Se acotará y señalizará convenientemente el espacio reservado para los jueces y empresa de control de tiempos y cronometradores.
Artículo 13.- La identificación de los competidores, tanto por el dorsal como su pertenencia a las distintas categorías, se llevará a cabo en la forma que considere oportuna cada organizador, debiendo utilizarla cada deportista durante la carrera.
En ningún caso se podrá utilizar como medio de identificación de los deportistas el dibujo con rotulador de su número de competidor sobre su piel. Únicamente, en caso de destrucción accidental de dorsal o por cualquier otra circunstancia excepcional, se podrá utilizar dicho sistema.
Una vez terminada la carrera, el deportista podrá utilizar el uniforme correspondiente a su equipo para la recogida de trofeos.
Artículo 14.- A los competidores se les entregará una bolsa de avituallamiento que deberá contener, como mínimo, una botella de agua y dos piezas de fruta.
Será de libre elección de cada organizador incluir en la cuota de la competición la comida, una camiseta del evento y la realización de sorteos.
En el caso de que el organizador suministrara la comida a los deportistas y/o acompañantes, deberá cumplir con los requisitos establecidos por la legislación sanitaria y de manipulación de alimentos, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de dicho requisito, así como de cualquier incidencia de cualquier índole que pudiera darse a consecuencia del suministro de la comida.

 

TÍTULO III: De la Competición


CAPÍTULO I. Categorías

Artículo 15.- Los deportistas se dividen en las siguientes categorías:

  • Sub 8 (tablas hasta10’6)
  • Sub 10 (tablas hasta10’6)
  • Sub 12 (tablas hasta12’6)
  • Sub 14 (tablas hasta 12’6)
  • Sub 16 (tablas hasta 14’)
  • Sub 18 (con tablas hasta 14’)
  • Amateur o Amateur (con tablas hasta 14’)
  • Élite (con tablas hasta 14’)
  • Máster (con tablas hasta 14’)
  • Kahuna (con tablas hasta 14’)
  • Gran Kahuna (con tablas hasta 14’)


Artículo 16.- La categoría Máster está formada por los deportistas que tengan una edad comprendida entre 40 y 49 años, ambos inclusive.
La categoría Kahuna está formada por los deportistas que tengan una edad comprendida entre 50 y 59 años.
La categoría Gran Kahuna está formada por los deportistas que tengan 60 años o más. Amateur a partir de 16 años.
Artículo 17.- Todas las categorías se dividirán en masculino y femenino. No habrá categorías mixtas.
Artículo 18.- 1. Los deportistas de edad igual o menor a 16 años deberán competir única y exclusivamente en su categoría, no pudiéndolo hacer en un grupo de edad diferente al que le corresponde.
No obstante, los deportistas pertenecientes a la categoría SUB 16 podrán participar en la categoría Élite en la clase Sub 18 siempre y cuando aporten un certificado médico suscrito por facultativo en el que se exprese que la participación del deportista en estas categorías, en atención a la distancia a recorrer, no supone peligro para su salud.
En las categorías Sub 14, Sub 12 y Sub 10, el Comité de Competición podrá permitir, a solicitud del deportista y de su entrenador, el cambio a una categoría superior siempre y cuando la distancia a recorrer no supere a la establecida con carácter general para la categoría correspondiente a su edad.
Las categorías Sub 18, Máster, Kahuna y Gran Kahuna podrán participar en la Categoría Élite, pero en este caso no participarán en la categoría que les corresponda conforme a su edad.
Respecto al resto de los SUB, si conforme al reglamento quieren participar en una categoría superior, ya no lo harán en la suya.
Los deportistas podrán cambiar de categoría durante la temporada las veces que consideren.
En ningún caso los deportistas menores de 16 años podrán tomar parte, aún a modo de mera participación sin oficialidad o por exhibición, en una carrera que corresponda a una categoría diferente a la de su edad cuando la distancia supere la establecida con carácter general para la categoría que le corresponda o, en su caso, no aporten el certificado médico establecido en el párrafo segundo de este artículo.
Las categorías Sub 16 y menores no podrán participar en las pruebas de Resistencia.
En cada prueba se hará una clasificación por categorías y una absoluta general de toda la prueba.
Artículo 19.- La edad a considerar para la pertenencia a cada una de las categorías será la que resulte de restar al año actual el año de nacimiento del deportista, independientemente del mes en el que cumpla los años.
Artículo 20.- Deberá celebrarse la carrera de cualquier categoría a la que asista al menos un deportista perteneciente a la misma.
Artículo 21.- Para la participación en las pruebas de las categorías Élite y las clases integradas en la misma, Sub 16, Sub 14 y Sub 12 será necesario que el deportista tenga Licencia Federativa en vigor.
Para categorías Amateur o promoción, Sub 10 y Sub 8 servirá como Licencia Federativa el alta del deportista como cursillista de un día o más en la FESURFING. No obstante, el deportista de la categoría Sub 10 que optara por competir en la Sub 12 deberá tener Licencia Federativa en vigor.
Para poder participar en los Campeonatos de España, además de cumplir los requisitos de participación, el deportista deberá pagar la Tasa de Competidor Nacional que corresponda, con anterioridad a la celebración de la prueba.
El deportista que participe en las Ligas Fesurfing y en la Copa de España deberá pagar la Tasa de Competidor Nacional para que se le considere más de un resultado en el ranking nacional.
Artículo 22.- En la categoría Amateur o promoción podrán participar mayores de 16 años con tablas de hasta 14’ y una distancia máxima de 8.000 metros.
La clasificación no tendrá consideración de Campeonato de España, Copa de España ni Liga Fesurfing por lo que no otorgará ningún título oficial a sus participantes.
La celebración de carreras correspondientes a esta categoría no será obligatoria para los organizadores, pero en el caso de que sí lo hagan deberán entregar a los tres primeros clasificados el correspondiente trofeo de amateur, diferenciando entre masculino y femenino, así como publicar la clasificación obtenida por los deportistas participantes.


CAPÍTULO II. Competiciones, modalidades y distancias

Artículo 23.- Las competiciones que se regulan en el presente reglamento son las siguientes:
-    Campeonato de España de SUP Race Larga Distancia.
-    Copa de España de SUP Race Larga Distancia.
-    Campeonato de España de SUP Beach Race y Técnica.
-    Copa de España de SUP Beach Race y Técnica.
-    Campeonato de España de SUP Resistencia.
-    Ligas Fesurfing de SUP.
Artículo 24.- Las distancias para las categorías Gran Kahuna, Kahuna, Máster, Élite y Sub 18 serán las siguientes:
-    Beach Race y Técnica: hasta 7.000 metros
-    Larga Distancia: entre 7.000 y 20.000 metros
-    Resistencia: Si la distancia está comprendida entre 20.000 y 40.000 metros, o el tiempo de duración de la prueba es de más de 3 horas
Artículo 25.- Las distancias máximas para las categorías sub 8 a sub 14, tanto para Beach Race y Técnica como para Larga Distancia, serán las siguientes:
-    Sub 8 : 500 metros.
-    Sub 10: 2.000 metros.
-    Sub 12: 2.000 metros.
-    Sub 14: 3.000 metros.
Para Sub 16 las distancias máximas serán las siguientes:
-    Beach Race: 5.000 metros.
-    Larga Distancia: entre 5.000 a 10.000 metros.

Artículo 26.- La modalidad Beach Race consiste en que los deportistas deberán cubrir en el menor tiempo posible un circuito de boyas con al menos cuatro giros en el cual deberá haber, al menos, una boya situada cerca de la orilla en la rompiente y/o un porteo o carrera en playa y, generalmente, el público podrá seguir la prueba desde la playa.
A elección del organizador podrá hacer mangas clasificatorias hasta llegar a una final, que se organizarán conforme a lo establecido en el Capítulo III del Título IV de este Reglamento. Tanto la salida como la llegada serán siempre en la playa.
Artículo 27.- La modalidad Técnica consiste en que los deportistas deberán cubrir en el menor tiempo posible un circuito formado con al menos tres boyas y, generalmente, el público podrá seguir la prueba desde la playa o tierra.
A elección del organizador podrá hacer mangas clasificatorias hasta llegar a una final, que se organizarán conforme a lo establecido en el Capítulo III del Título IV de este Reglamento. Tanto la salida como la llegada serán siempre en la playa.
Artículo 28.- La modalidad de Larga Distancia o Resistencia consiste en que los deportistas deberán cubrir la distancia fijada en el menor tiempo posible, en cualquier tipo de agua, tanto mar, río sin aguas bravas, embalses o lagos, independientemente de la climatología que haya, pudiendo existir la posibilidad de portear la tabla para salvar un obstáculo, entre dos cursos de agua o por la playa o ribera. La salida y llegada podrá ser, indistintamente, desde la playa o desde el agua.
Artículo 29.- La modalidad de resistencia consistirá en recorrer la distancia establecida por el organizador en el menor tiempo posible o bien en recorrer la mayor distancia posible en el tiempo fijado por el organizador.
Si la prueba se va a desarrollar por tiempo, la participación podrá ser individual o por equipos. Los equipos estarán formados por un máximo de cuatro deportistas del mismo sexo que se irán dando relevos en la forma y por el tiempo que establezca el capitán del equipo.


TITULO IV: Normas de la competición

 

CAPÍTULO I. Desarrollo de la carrera.

Sección 1ª. Reunión de patrones

Artículo 30.- A la hora prevista y anunciada por el organizador se celebrará la reunión de patrones, dividiéndose en tantas reuniones como considere la organización en función de las distintas categorías.
Las explicaciones del recorrido y de las normas básicas de seguridad deberán estar ilustradas con la correspondiente documentación gráfica de los recorridos que deberá estar visible durante la reunión y, posteriormente, durante el desarrollo del evento, a un tamaño suficiente para que puedan ser apreciados los detalles por todos los asistentes.
Junto a los planos del recorrido se colocará una copia de este reglamento.
Deberá contarse con un equipo de megafonía lo suficientemente potente para que las explicaciones sean oídas por todos los deportistas.
 
Artículo 31.- Una vez celebrada la reunión de patrones no podrá darse la salida a la carrera antes de media hora para facilitar el calentamiento de los deportistas.
Artículo 32.- En el caso de que algún deportista no asistiera a la reunión, quedará a juicio de la organización impedir su participación a fin de evitar los posibles riesgos que pudiera acarrear para dicho deportista, o para el resto de participantes, su desconocimiento de las instrucciones para la carrera.

Sección 2ª Salida

Artículo 33.- La jornada de competición comenzará con el reparto de dorsales y la reunión de patrones, seguido por el desarrollo de cada una de las carreras y terminando con la entrega de premios, siendo potestad de cada organización el establecimiento del horario correspondiente dentro de los límites que se establecen en este reglamento.
Artículo 34.- Una vez finalizada la reunión de patrones y previamente a colocarse en la línea de salida, los deportistas deberán firmar en la hoja de control que tendrá a su disposición el organizador, cuando la prueba sea de larga distancia y se pierda a los participantes de vista desde tierra. En el caso de que se hubiera firmado la hoja de control y por cualquier causa un deportista no tomara la salida, deberá comunicarlo a la mayor brevedad al organizador y firmar como retirado en dicha hoja de control.
La llamada a los deportistas para que accedan a la línea de salida se realizará con una antelación de 5 minutos a la hora prevista de comienzo de la carrera, debiendo utilizarse para ello la megafonía de la organización.
El juez encargado de dar la salida deberá procurar que la distancia entre los deportistas en la línea de salida sea la suficiente, conforme a las condiciones del agua, para evitar, en la medida de lo posible, el contacto entre ellos.
El deportista que en el proceso de alineación, tras recibir el segundo aviso del juez de salida, no se coloque en posición correcta y esté situado más adelante que los demás, saldrá una vez hayan transcurrido un minuto desde que se diera la salida a su categoría
El juez de salida realizará un primer aviso cuando quede un minuto para la hora prevista, un segundo aviso cuando queden 15 segundos y un tercer aviso cuanto queden 5 segundos. A partir de este tercer aviso no dará ningún otro y llegada la hora dará sin más la salida mediante una señal acústica por medio de una bocina, silbato, viva voz o por cualquier otro medio que pueda ser escuchado con claridad por todos los participantes.
El deportista que no se encuentre en su posición al momento de dar la salida, podrá incorporarse a la carrera en los dos minutos siguientes. Si no lo hiciera, quedará descalificado.
Artículo 35.- En la competición de Beach Race y Técnica, si algún deportista efectuara la salida antes de que se le diera la señal, el árbitro parará la carrera por medio de dos señales acústicas, declarando nula la salida y se volverá a repetir el procedimiento, dando a los deportistas el tiempo necesario para que vuelvan a colocarse, realizando de nuevo los avisos indicados en el artículo anterior. Al deportista que hubiera provocado la salida nula se le realizará una advertencia y si vuelve a provocar una segunda salida nula quedará descalificado.
En la Competición de Race de Larga Distancia, no se anulará la salida en el caso de que uno o varios deportistas salgan antes de la señal de salida, pero se les penalizará con dos minutos respecto del tiempo total en el que realicen la carrera. En el supuesto de que el deportista adelante su salida más de cinco segundos a contar desde la señal de partida, será descalificado.
Artículo 36.- La salida será simultánea para las categorías Élite y Sub 18. La simultaneidad de la salida para el resto de categorías será a elección del organizador.
En el caso de que el organizador decida una salida sucesiva de categorías, deberán alinearse unas detrás de otras. Cuando salga la primera, la segunda se colocará en la línea de salida, y así sucesivamente. Deberán transcurrir al menos dos minutos entre las salidas de cada uno de los grupos a fin de que el siguiente pueda colocarse y dé tiempo a cumplir con el procedimiento de salida arriba regulado.
Artículo 37.- Los tipos de salidas son los siguientes:
Salida en línea desde tierra.- Los deportistas partirán desde la playa colocándose detrás de una línea dibujada en la arena o imaginaria, porteando la tabla hasta el agua una vez dada la salida por el Juez.
Salida desde el agua: Las tablas estarán en el agua. Si los deportistas hacen pie no podrán estar subidos a las tablas. La línea de salida será la imaginaria que se trace entre dos boyas colocadas en el agua. En el supuesto de que existiera corriente, la salida podrá darse en movimiento de forma que las tablas crucen la línea de salida después de dar la señal.
Las salidas de las categorías Sub 8 a Sub 16 se realizarán en la forma que decida el Director de Competición, aunque sean distintas a las anteriormente definidas.
En cualquier caso, en cualquiera de las categorías, la organización del evento no podrá establecer un sistema de salida, tanto en tierra como en agua, que pudiera provocar una situación de desventaja para unos competidores respecto de otros.

Sección 3ª Drafting

Artículo 38.- Se denomina Drafting cuando se está a un metro o menos de la cola o los lados de otra embarcación por más de 10 segundos, durante el curso de la carrera.
Queda prohibido el drafting entre sexos diferentes.
Entre deportistas del mismo sexo está permitido únicamente en carreras de larga distancia y resistencia, independientemente de la categoría a la que pertenezcan.
En las carreras de Beach y Técnica no está permitido el drafting entre distintas categorías del mismo sexo.
Artículo 39.- Si un deportista vulnerara la norma anterior recibirá un primer aviso. La segunda vez se le dará otro aviso y una advertencia. La tercera vez que infrinja la norma se le penalizará con cinco minutos. La cuarta vez se le descalificará y tendrá que abandonar el campo de regatas.
En el caso de que se formulara una denuncia contra él una vez terminada la carrera, acreditada la infracción, se le sancionará con la última posición.

Sección 4ª Giro de boya

Artículo 40.- Cuando dos o más deportistas se aproximen al giro de una boya, tendrá preferencia el primero que llegue a la misma y lleve la ventaja de media tabla respecto de su inmediato perseguidor. Éste deberá permitir la maniobra del primero sin estorbarle y no podrá posar su tabla sobre la del perseguido por delante de sus piernas.
La infracción de esta norma supondrá la pérdida de la posición en el caso de que se hubiera conseguido el adelantamiento o hubiera provocado la caída del competidor el que estuviera disputando el giro. En el caso de que en el giro hubieran coincidido un grupo de deportistas, el infractor deberá colocarse detrás del grupo una vez hayan salido del giro de boya.
En el caso de que se formulara una denuncia contra él una vez terminada la carrera, acreditada la infracción, se le sancionará con la pérdida de tantas posiciones como deportistas se estuvieran siguiendo al inicio de giro de boya.
Artículo 41.- El giro de la boya se deberá realizar en el sentido indicado por la organización. En el caso de que el deportista lo hiciera al contrario deberá regresar a la boya y realizar el giro en el sentido correcto. Si no lo hiciera será descalificado.
En el caso de que un deportista ignorara el giro de una boya, una vez advertido y siempre que no hubiera llegado a la meta, podrá acudir a la boya para proceder a su giro. Si hubiera terminado la carrera quedará descalificado.

Sección 5ª Porteo o carrera

Artículo 42.- El porteo y la carrera estarán suficientemente delimitados y señalizados a fin favorecer la localización por el deportista desde el agua.
Artículo 43.- En el porteo el deportista deberá transportar la tabla durante el mismo, sin que pueda recibir ayuda externa. En el caso de que la recibiera el juez podrá graduar la sanción entre una amonestación o un minuto de penalización.
La boya o banderola que lo marque y delimite estará a una distancia adecuada de la línea de agua para evitar la colisión entre deportistas.
Artículo 44.- En la carrera el deportista dejará la tabla en la orilla y deberá correr con el remo. Si el deportista tiene que acceder al agua por un lugar diferente a donde desembarcó, la organización deberá trasladar la tabla al lugar marcado para que el deportista acceda de nuevo al agua.
La zona de carrera deberá estar suficientemente delimitada para evitar confusiones del deportista, debiendo transcurrir por arena.
Artículo 45.- Las distancias del porteo y de la carrera serán determinadas por la organización.

Sección 6ª Llegada

Artículo 46.- La llegada en el agua será cuando la proa de la tabla cruce la línea imaginaria trazada entre dos boyas o banderas con el deportista sobre ella. En el caso de que la tabla cruzara la línea de meta sin el deportista sobre ella, tendrá que recuperarla y volver a cruzar la línea sobre la misma.. En caso contrario quedará descalificado.
Si el deportista no cruzara entre las boyas delimitadoras de la meta, tendrá que regresar para hacerlo. En caso contrario se clasificará en última posición.
Artículo 47.- Si la llegada es en tierra, la distancia entre la línea del agua y la de llegada deberán estar, al menos, a diez metros. El deportista tendrá que traspasar la línea de llegada con el remo en la mano.
Se considera rebasada la línea de meta cuando lo hace el pecho del deportista o el chip en el caso de que se utilice como método de cronometraje.
Artículo 48.- Una vez el deportista traspase la línea de meta tiene la obligación de firmar en la hoja de control en las pruebas en las que haya sido obligatorio su firma en la salida.

Sección 7ª Comunes a las anteriores

Artículo 49.- Será obligatorio para todos los deportistas de cualquier categoría la utilización de leash o “invento”, independientemente del estado del mar, río, embalse o lago y las condiciones meteorológicas.
Ningún deportista podrá utilizar auriculares cuando su volumen le impida escuchar las instrucciones de los jueces. En el caso de que un juez diera una instrucción o advertencia a un deportista y éste no le escuchara a consecuencia de los auriculares que porte, será descalificado.
En las categorías sub 8, sub 10 y sub 12 será obligatorio el uso de chaleco y aconsejable el casco.
Quedará a juicio del organizador la utilización de medidas de seguridad adicionales que estime oportunas conforme al estado del mar y de las condiciones meteorológicas.
En cualquier caso, deberá cumplir con las medidas de seguridad que establezca la correspondiente Capitanía Marítima.
Artículo 50.- Si un deportista diera más de cinco paladas consecutivas de rodillas sobre la tabla, al primer aviso será sancionado con la penalización de un minuto. Al segundo aviso con la penalización de dos minutos. Al tercer aviso se le descalificará.
En el caso de que fuera sancionado una vez terminada la carrera, será penalizado con uno, dos minutos o con la descalificación según se haya acreditado que lo hubiera realizado una, dos o tres veces o más (o continuado en el tiempo), respectivamente.
No obstante, el juez o el Comité de Competición podrá atenuar o no aplicar la sanción, a la vista del estado de las olas y el viento y en atención a la categoría en la que esté compitiendo el deportista, sin perjuicio de los avisos que crea conveniente dar al deportista.
Artículo 51.- Durante la carrera se permite la asistencia a los deportistas limitada a proporcionar bebida y comida.
Los deportistas no podrán ser acompañados desde embarcaciones o tablas, a excepción de las de la organización.
Artículo 52.- Si algún deportista de forma deliberada colisionara contra la tabla de otro, o hiciera maniobras en perjuicio de los demás, se le penalizará con un minuto. Si la acción no fuera deliberada se le apercibirá. En cualquiera de los dos casos, si el deportista persistiera en sus acciones será descalificado y deberá abandonar el campo de regatas.
Si la acción fuera denunciada una vez terminada la carrera, si fuera acreditada su intencionalidad, se le impondrá la sanción de la pérdida de un puesto.
Artículo 53.- Todos los deportistas, miembros de los clubes, familiares, acompañantes y espectadores tendrán que mantener un trato correcto con el resto, no permitiéndose expresiones degradantes para la dignidad de la persona, racistas, sexistas, xenófobas, homófobas ni que inciten a la violencia. No está permitido la exhibición de símbolos que tengan relación con los mismos ni, tampoco, políticos.
El incumplimiento de esta norma supondrá, en el caso de ser un deportista, su descalificación y tendrá que abandonar el lugar acotado para la prueba, desalojando su material. En el caso del resto de personas, tendrán que abandonar dicho lugar. Sin perjuicio, en cualquier caso, de que la organización pueda reclamar el auxilio de las fuerzas de orden público.
Artículo 54.- El doping queda terminantemente prohibido, quedando sometida su infracción a las normas establecidas por la FESURFING y demás de aplicación.
Artículo 55.- El organizador podrá emplear los símbolos, banderas y emblemas de los órganos oficiales del lugar donde se celebre la prueba, así como los que tengan relación con sus patrocinadores o cualquier otro que considere oportuno y no infrinja la Ley ni lo establecido en este reglamento.
Deberá señalar de forma visible que se trata de una prueba oficial de la FESURFING.

 

CAPÍTULO II. Tablas

Artículo 56.- La tabla podrá ser de cualquier material de construcción y deberá estar construida simétricamente a su eje longitudinal.
Irá dotada de la correspondiente quilla, así como los handle que el deportista considere oportunos. Podrá llevar un anclaje para la colocación de una pequeña cámara de acción. No podrá tener más accesorios.
En el caso de que el deportista lleve una cámara de acción durante la carrera, deberá ser de pequeñas dimensiones a fin de evitar daños al resto de competidores en caso de colisión o accidente.
Artículo 57.- El juez podrá comprobar las medidas de la tabla que considere que no reúne las dimensiones reglamentarias para participar en la correspondiente modalidad. Si no cumpliera con las medidas impedirá que el deportista participe con la misma.
Artículo 58.- Durante la carrera el deportista podrá cambiar de tabla por razones justificadas siempre que la sustituya por otra de la misma eslora.


CAPÍTULO III Desarrollo de las pruebas Beach y Técnica por mangas de clasificación y finales.


Artículo 59.- Mangas. En la Categoría Élite se realizarán al menos dos mangas de clasificación y una manga final. Cada deportista deberá participar en, al menos, dos mangas. En el caso de que en las mangas de clasificación no pudieran participar el total de deportistas de estas categorías inscritos en la prueba por exceder su número del máximo de participantes por manga establecido por el Director de Competición, se realizará una repesca para acceder a la final.
En Sub 16, Sub 14, Sub 12, Sub 10 y Categoría de Promoción se realizarán al menos dos mangas, pudiendo ser una de clasificación y una final. También podrá obtenerse el vencedor de la suma de puntos o tiempos de las dos mangas, no existiendo, en este caso, manga de clasificación y final.
En Sub 8 se realizarán un máximo de dos mangas. En el caso de que se realicen dos mangas, el vencedor se podrá obtener a través de manga de clasificación y manga final, o bien, mediante suma de puntos o tiempos de las dos mangas.
Quedará al arbitrio del Director de Competición lanzar las mangas de las distintas categorías de forma simultánea o separada.
Artículo 60.- Deportistas por manga. Cada manga se compondrá del número de deportistas que el Director de Competición considere adecuado para el desarrollo de la prueba en función de las condiciones climatológicas, zona de competición, número de participantes, etc.
 
Artículo 61.- Composición manga final en categoría Élite. La manga final de la categoría Élite se formará conforme a la siguiente proporción:
-    20 deportistas Élite masculinos.
-    20 deportistas Élite femeninos.

Si conforme al artículo 59 fuera necesario realizar una repesca, el número de deportistas que se clasificarán directamente por medio de las mangas clasificatorias serán en el siguiente número:
-    13 deportistas Élite masculinos.
-    13 deportistas Élite femeninos.

La repesca clasificará para la final a los deportistas que participen en la misma en la siguiente proporción:
-    7 deportistas Élite masculinos.
-    7 deportistas Élite femeninos.

Artículo 62.- En el resto de categorías, en el caso de que exista manga final, se formará conforme a la proporción de 20 masculinos y 20 femeninos.
Artículo 63.- Vacantes. Las vacantes que se pudieran producir en alguna categoría de la manga final acrecentarán las demás categorías, empezando por la femenina.
Artículo 64.- Distancia de las mangas. En las categorías Élite, Sub 16, Sub 14 y Promoción, masculina y femenina, las mangas serán de un máximo de 3.000 m.
En Sub 12 y Sub 10, las mangas serán de una distancia máxima de 2.000 m, tanto para masculino como femenino.
En sub 8, en el caso de que se organice la carrera por medio de dos mangas, la distancia máxima de cada una será de 250 m. En el caso de que se organizara sólo con una manga, la distancia máxima será de 500 m.
Artículo 65.- Tiempo de duración de las mangas.- El Director de competición podrá establecer una duración máxima de tiempo de las mangas de clasificación, en función de las necesidades del desarrollo de la prueba, climatología, número de competidores, etc.
En el caso de que se limitara la duración de la manga, los deportistas que entraran fuera de tiempo no puntuarán en esa manga, pero no supondrá su descalificación de la prueba por lo que podrán participan en las siguientes mangas, en el caso de que las hubiera, y obtendrán la puntuación correspondiente a las mangas en las que hayan competido dentro del tiempo establecido.
Cuando el deportista no entre en el tiempo establecido, deberá abandonar sin dilación el campo de competición una vez que sea advertido por la Organización de la prueba.
Artículo 66.- Descanso entre mangas.- Los deportistas deberán tener un tiempo mínimo de descanso de quince minutos entre las mangas en las que participen.
 
Artículo 67.- Puntuación de acceso a la final. Cuando para acceder a la manga final se realice más de una manga clasificatoria, el acceso a la final vendrá dado por la suma de los puntos o de los tiempos obtenidos en las mangas clasificatorias en las que haya participado el deportista.
La puntuación se obtendrá de las tablas del artículo 73
Artículo 68.- Reajuste de mangas y categorías. Si por causas de fuerza mayor no pudieran desarrollarse todas las mangas previstas, el Director de Competición podrá optar:
i)    Eliminar la manga final. En este caso la clasificación final se determinará con la suma de la puntuación o tiempo obtenidos en las dos mangas clasificatorias disputadas.
ii)    Si no fuera posible disputar una manga clasificatoria, la clasificación final vendrá dada por la puntuación obtenida en las anteriores mangas disputadas. En el caso de que en el momento de la suspensión de la manga ya hubieran atravesado la meta algunos competidores, no se les sumará la puntuación que les correspondiera por la posición obtenida en la manga suspendida para la obtención la clasificación final.
iii)    En el supuesto de que por fuerza mayor hubiera que eliminar alguna categoría de la competición, la elección será del Director de Competición.
Artículo 69.- Orden del desarrollo de las mangas clasificatorias. El Director de Competición determinará el orden de las mangas clasificatorias que se compondrán por un número similar de competidores en cada una de las categorías.


CAPÍTULO III. Clasificaciones y requisitos de participación

 

Sección 1ª Campeonato de España


Artículo 70.- Para competir en los Campeonatos de España no será necesario haber participado previamente en las pruebas federativas que se establezcan para cada año por la FESURFING.
Artículo 71.- En los Campeonatos de España la clasificación se obtendrá conforme al puesto que cada deportista obtenga dentro de su categoría, otorgándosele puntuación a los solos efectos de obtener la clasificación del club al que pertenezca.
Artículo 72.- En el caso de que una prueba, además de ser Campeonato de España, puntúe también para la Copa de España, la clasificación para aquél se realizará conforme al artículo anterior y la de ésta se establecerá la puntuación del deportista conforme a lo que se regula en la sección siguiente.

 

Sección 2ª Copa de España

Artículo 73.- Conforme al puesto en el que quede el deportista dentro de su categoría obtendrá los puntos que se indican en la siguiente tabla.

 

 

A partir de la posición 90, los puntos se irán reduciendo a razón de uno por puesto.

Artículo 74.- En el supuesto de que en una prueba se repartieran premios en metálico, servirá de orientación para dicho reparto la tabla que se contiene en el anexo I del Reglamento de Competición de la FESURFING, no pudiendo tener menor dotación económica la categoría femenina respecto de la masculina, sin perjuicio de los establecido en el artículo 81 de este reglamento.
Artículo 75.- Los participantes de cada categoría puntuarán aunque en la carrera no llegue a formarse el pódium completo.


Sección 3ª Liga Nacional por Clubes

Artículo 76.- La Liga Nacional por Clubes se irá celebrando a medida que se vayan celebrando cada una de las pruebas de las Copas de España y los Campeonatos de España. Para ello se irá estableciendo la clasificación entre los clubes que estén inscritos en la FESURFING o en su correspondiente Federación Territorial.
Artículo 77.- La clasificación de los clubes en cada prueba se obtendrá sumándose los puntos obtenidos por cada uno de sus miembros que vayan participado en la prueba según la relación siguiente:
-    2 mejores resultados Élite Masculino
-    2 mejores resultados Élite Femenino
-    Mejor clase Sub 18 masculino
-    Mejor clase Sub18 femenino
-    Mejor categoría Sub 16 (masculino o femenino)
-    Mejor categoría Sub14 (masculino o femenino).
Al final de la temporada se proclamará el Club Campeón de la Liga Nacional de SUP RACE, reconociéndose también al subcampeón y el tercer puesto, tomando los puntos del ranking final según la relación siguiente:
-    4 Mejores resultados pruebas Larga Distancia
-    3 Mejores resultados pruebas Beach Race / Técnica
-    1 Mejor resultado pruebas Sprint

 

Sección 4ª Común a todas las anteriores

Artículo 78.- Los deportistas clasificarán y puntuarán exclusivamente en la categoría en la que participen, En cada prueba se hará una clasificación por categorías y una absoluta general de toda la prueba.
Artículo 79.- 1. En caso de que dos o más competidores obtengan los mismos puntos al finalizar la Liga Fesurfing o Copa , se realizará el desempate de la siguiente forma y sin cambiar el orden:
a.- Vencerá quien haya obtenido más victorias en todas las pruebas en las que haya participado.
b.- Vencerá el que haya obtenido mejores puestos en todas las pruebas en la que haya participado.
c.- Vencerá el que haya participado en mayor número de pruebas.
d.- En el caso de que a pesar de aplicar todos los criterios anteriores subsistiera el empate se otorgará un premio exaequo.
2. La entrada simultánea en meta de dos deportistas supondrá la entrega de premio ex aequo, siempre que no se haya podido determinar a través de la foto finish cuál de ellos cruzó la meta en primer lugar.
Artículo 80.- El organizador deberá publicar las clasificaciones en un plazo no superior a una hora desde la terminación de la última carrera, para lo cual deberá llevar a cabo el control de las mismas a través de un sistema de software adecuado, contando en el lugar en el que se esté celebrando la prueba con los medios informáticos necesarios.
Las clasificaciones deberán publicarse en el plazo indicado en papel en el tablón de anuncios de la prueba, así como en las redes sociales.


CAPÍTULO IV. Entrega de trofeos

Artículo 81.- Los premios y trofeos que se entreguen deberán respetar el principio de igualdad entre sexos.
Los trofeos de la categoría femenina serán iguales a los de la masculina en tamaño y diseño. En el supuesto de que existiera premio en metálico, los premios del pódium serán del mismo importe tanto para la categoría masculina como para la femenina.
No obstante, conforme al principio de discriminación positiva y a los principios incluidos en la Declaración de Brighton sobre la mujer y el deporte, a la que está adherida la FESURFING, en la que se recoge el manifiesto de “Alentar a patrocinadores para que apoyen el deporte femenino en su conjunto y los programas que potencien la práctica deportiva de las mujeres”, los organizadores podrán dotar de mayor contenido económico
a los premios de las mujeres que a los de los hombres, sin que ello suponga la vulneración del principio de igualdad de sexos.
Artículo 82.- Se entregará trofeo o medalla a los tres primeros clasificados de cada categoría.
Artículo 83.- Los trofeos se entregarán inmediatamente sean publicadas las clasificaciones y antes de la comida.
No podrán entregarse trofeos por la tarde, a no ser que la prueba se haya celebrado en la tarde del sábado o el evento comprenda todo el fin de semana por lo que, sólo en este caso, se podrán entregar el sábado por la tarde los trofeos de las carreras celebradas en este día.
No se podrán realizar carreras el domingo por la tarde, a no ser que concurran causas de fuerza mayor.
Artículo 84.- En el caso de que el organizador lleve a cabo un sorteo de regalos entre los deportistas participantes, deberá realizarlo después de la entrega de premios y antes de la comida.
Artículo 85.- El organizador tendrá libertad para decorar y engalanar el lugar de la entrega de trofeos en la forma que estime conveniente.
Artículo 86.- Los trofeos no se entregarán antes de la ceremonia prevista por el organizador. Si algún deportista tuviera que abandonar el lugar de la competición antes de la hora prevista para la ceremonia podrá delegar la recogida en otra persona.
Artículo 87.- El deportista podrá subir al pódium con los emblemas, símbolos y distinciones que porte en su ropa correspondientes a sus patrocinadores y equipo. Podrá subir también con el remo si lo considera oportuno.
Artículo 88.- Los trofeos serán entregados por las personas que designe el organizador.

 

TITULO V: Órganos de Competición

 

Capítulo I. Composición de los órganos de composición

Artículo 89.- Los Órganos de Competición son los siguientes:

  • Comité de Competición
  • Director de Competición
  • Juez PrincipaL
  • Jueces

Artículo 90.- El Comité de Competición es la máxima autoridad de la prueba. Estará formado por el Juez Principal, un Juez y el Director de Competición.
 
Artículo 91.- En cada prueba deberá existir un Director de Competición cargo que podrá recaer en el Juez Principal, ostentando, en este caso, una misma persona las funciones de los dos órganos.
Artículo 92.- En cada prueba habrá un Juez de tierra y uno o varios Jueces de Carrera. El Juez Principal se nombrará entre ellos.


CAPITULO II. El Comité de Competición

Artículo 93.- El Comité de Competición estará presidido por el Juez Principal y sus decisiones se tomarán de forma colegiada. En caso de empate la decisión será en el sentido del voto del Juez Principal.
Artículo 94.- La formación del Comité de Competición se hará a media mañana del día anterior señalado para la prueba, debiendo comunicarse a la FESURFING en el mismo día de su formación para su aprobación. En el caso de que ésta no conteste antes de las 24 horas de dicho día, supondrá la aprobación del mismo.
Artículo 95.- El Comité de Competición tiene las siguientes competencias:
-    Decidir la suspensión o aplazamiento de la prueba atendidas las condiciones y previsiones climatológicas.
-    Imponer sanciones conforme a las denuncias que formulen los deportistas una vez terminada la carrera.
-    Decidir la expulsión de la zona de competición de los deportistas y demás personas que infrinjan el reglamento, recabando la ayuda de las fuerzas de orden público en el caso de que fuera necesario.
-    Resolver las reclamaciones que interpongan los deportistas contra las decisiones de los Jueces.
-    Resolver cualquier otro tipo de reclamación de los deportistas o clubes.
-    Establecer las clasificaciones de la carrera.


CAPÍTULO III. El Director de Competición

Artículo 96.- El Director de Competición será nombrado por el Organizador y aprobado por FESURFING. Deberá conocer el reglamento y el deporte del SUP. Portará la correspondiente identificación.
Artículo 97.- Las competencias del Director de Competición son las siguientes:
-    Preparará las listas de deportistas que vayan a competir.
-    Delimitará el campo de regatas y dirigirá la colocación de las boyas conforme al recorrido establecido.
-    Diseñará y delimitará la meta, zona de pódium, zona de descanso de deportistas y de depósito de material.
 
-    Determinará el número de mangas y número de participantes en cada una de ellas.
-    Organizará e impulsará la prueba conforme al programa establecido.
-    Organizará y vigilará el reparto de dorsales y demás material a los deportistas.
-    Realizará la reunión de patrones, dando las instrucciones de la prueba a los deportistas.
-    Dirigirá a los cronometradores.
-    Impartirá instrucciones al locutor.
-    Dirigirá la entrega de trofeos


CAPÍTULO IV. Los Jueces

Artículo 98.- El Equipo de Jueces está formado por el Juez Principal y los Jueces. Portarán la correspondiente identificación.
El Equipo de Jueces se constituirá en la mañana de la prueba antes de la hora indicada por el organizador para su comienzo.
Artículo 99.- Los miembros del Equipo de Jueces serán designados por la FESURFING y deberán tener conocimiento del reglamento y del SUP. La FESURFING nombrará el Juez Principal.
El Juez Principal es el que dirige y organiza el Equipo de Jueces decidiendo el reparto de los mismos por todo el campo de regatas.
También controlará al equipo de cronometradores.
Artículo 100.- El Juez de Tierra, que podrá ser Juez Principal o Juez, será el encargado de organizar y dar la salida, así como vigilar la llegada de los deportistas a meta, tanto si es en tierra como si es en el agua.
También podrá vigilar el paso por la boya que esté más cercana a la línea de meta, siempre que pueda observarse con detalle desde la orilla y pueda comunicar los posibles avisos y sanciones a los deportistas que infringieran en ese momento el reglamento.
Será el competente para realizar los avisos y apercibimientos, así como para la imposición de sanciones a los deportistas por sus infracciones en la línea de salida y meta y en la boya que controle.
Artículo 101.- El Juez de Carrera, que podrá ser el Juez Principal o el Juez, realizará los apercibimientos y avisos, así como la imposición de sanciones a los deportistas por sus infracciones durante la carrera.
Podrá haber un Juez por varias boyas siempre que las tenga al alcance de su vista y pueda comunicar los posibles avisos y sanciones a los deportistas que infringieran en ese momento el reglamento. Los jueces que controlen el paso de boya podrán utilizar una tabla de SUP o cualquier otro tipo de embarcación.
Habrá un Juez de Carrera que controle los recorridos entre boya y boya. Se desplazará en una embarcación a motor e irá provisto con prismáticos.
 

TITULO VI: Disciplina Deportiva

 

CAPITULO I. Infracciones y Sanciones de los deportistas

Artículo 102.- Las infracciones a las disposiciones de este reglamento llevarán aparejadas las sanciones previstas para cuya imposición solo tienen competencia los Jueces de la prueba o el Comité de Competición y, cuando corresponda, el Comité de Disciplina de la FESURFING.
Artículo 103.- La sanción se dictará verbalmente y serán de inmediato cumplimiento, aunque podrá ser reclamada por el deportista sancionado conforme al procedimiento establecido.
Artículo 104.- No podrá imponerse sanción alguna por hechos que no estén previstos en este reglamento.

 

CAPÍTULO II. Reclamaciones de los deportistas

Artículo 105.- El deportista podrá reclamar contra otro u otros competidores cuando considere que han infringido el reglamento y no han sido sancionados por ningún Juez, o por las clasificaciones de la prueba.
La reclamación la realizará de forma escrita al Juez Principal que convocará al Comité de Competición y llamará al denunciante y a los testigos que éste señale, a los deportistas implicados y al Juez que debiera haber impuesto la sanción. A la vista de las manifestaciones de cada uno de ellos el Comité de Competición decidirá. Contra esta decisión cabe recurso ante el Comité de Apelación de la FESURFING.
Artículo 106.- Cualquier deportista sancionado podrá reclamar por escrito ante el Juez Principal que procederá conforme al segundo párrafo del artículo anterior. Contra esta resolución cabe recurso ante el Comité de Apelación de la FESURFING.
Artículo 107.- La reclamación deberá interponerse por el deportista, o por el representante del Club al que pertenezca, en el plazo de los quince minutos posteriores a la terminación de la carrera de la categoría en la que haya participado, cuando se trate sobre hechos sucedidos durante el transcurso de la prueba.
En el caso de que la reclamación sea contra la clasificación de la carrera, deberá realizarse en el plazo de quince minutos desde el momento en el que el Director de Competición anuncie la colocación de las listas en el tablón de anuncios de la prueba.
Transcurrido el tiempo de quince minutos en cualquiera de los dos casos anteriores, la reclamación será extemporánea y no podrá ser atendida.

 

CAPÍTULO III. Infracciones y sanciones del Organizador

Artículo 108.- Las infracciones a lo establecido en este reglamento por parte de un organizador, llevará aparejada la sanción que se indica en cada uno de los artículos que regulan los incumplimientos, en el Reglamento específico de los Organizadores y en el Reglamento General de Competición, ambos de la FESURFING
Artículo 109.- Contra las sanciones que se impongan al organizador, cabrá recurso ante el Comité de Apelación de la FESURFING.


Disposición Adicional Primera.- El presente reglamento podrá ser desarrollado e interpretado a través de instrucciones dictadas por el Comité de SUP de la FESURFING.
Disposición Adicional Segunda.- Será de aplicación supletoria el resto de reglamentos de la FESURFING, siempre que no contradigan lo dispuesto en el presente reglamento.